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¿Quién hereda cuando no existe un testamento?

Si una persona muere sin haber hecho un testamento, la ley establece quiénes heredarán sus bienes en el siguiente orden:

1.- Sus hijos y esposo (a) o concubino (a), es decir, la persona con la que comparte su vida aunque no estén casados (siempre y cuando ninguno de los dos este casado con otra persona); después, sus padres, hasta llegar a tíos, primos y sobrinos hasta el cuarto grado.

2.- Padres del Difunto

3.- Hermanos del Difunto

4.- Tíos, primos o sobrinos hasta el cuarto grado

Por supuesto, la ley establece que sean los familiares más próximos los que reciban la herencia, excluyendo a los más lejanos (esto es si hay hijos y sobrinos, heredan sólo los primeros, etcétera), estableciendo que los parientes del mismo grado heredarán por partes iguales.

Es importante señalar que el parentesco por afinidad (es decir, el que se establece entre un cónyuge y los parientes consanguíneos del otro, por ejemplo, los cuñados y los suegros) no da derecho a heredar.

No se puede disponer de los bienes de la sucesión antes de que exista un procedimiento sucesorio (ya sea notarial, o judicial), pues es necesario determinar quién será legalmente el dueño de estos.

La duración del proceso depende de la rapidez con que se tramite la sucesión, es decir, que se declaren a los herederos y se nombre al albacea, que es la persona que administrará los bienes hasta que se adjudiquen a los herederos. En caso de existir alguna controversia sobre la sucesión, no podrá llevarse ante notario, sino a través del procedimiento judicial, que en general lleva más tiempo y, por lo tanto, tardarán más tiempo los herederos en adjudicarse los bienes para poder disponer de ellos.

¿Problemas con Testamento?

Si tienes planeado realizar tu testamento es importante que acudas con los expertos para que ellos puedan orientar tu camino y que todas las cuestiones relevantes a tus bienes, queden debidamente bien redactadas y estructuradas.

Otra cuestión es tener muy claro que propiedades se van a heredar a cada persona para efectos de hacer mucho mas fácil la transición de la propiedad en el momento oportuno.

Acude con un profesional del derecho y si no lo tienes ¡estamos a tus ordenes!

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Lic. Miguel Ángel Cervantes

Lic. Miguel Ángel Cervantes

Abogado especialista en Derecho Familiar 10 años de experiencia. Experto en Divorcios de Inmigrantes, Autorización judicial para pasaporte de menores, Tutelas, Herencias y Ejecuciones Hipotecarias.

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